Cómo Contestar una Oposición en el Registro de una Marca
En este artículo le explicamos cómo responder una oposición dentro de un trámite de registro de marca en Colombia, cuáles son los plazos legales y qué argumentos deben presentarse para defender adecuadamente su solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

¿Cuándo se puede presentar una oposición a una marca?
Cuando se presenta una solicitud de registro marcario en Colombia, la SIC publica el signo solicitado en la Gaceta de la Propiedad Industrial, una publicación oficial de carácter virtual que puede consultarse a través del sistema SIPI (sipi.sic.gov.co).
Desde el momento de dicha publicación, cualquier tercero que considere afectados sus derechos tiene la facultad de presentar una oposición dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes.
Principales motivos por los que se presentan oposiciones.
Las oposiciones suelen formularse cuando el signo solicitado:
- Genera riesgo de confusión con marcas o lemas comerciales idénticos o similares previamente solicitados o registrados.
- Coincide o se asemeja a un nombre comercial o enseña comercial que goza de protección legal.
Estos supuestos corresponden a causales de irregistrabilidad previstas en la normativa vigente sobre signos distintivos.
¿Cuál es el plazo para contestar una oposición?
Una vez la oposición es presentada, la Superintendencia de Industria y Comercio notifica formalmente al solicitante del registro marcario.
A partir de dicha notificación, el solicitante dispone de un término de treinta (30) días hábiles para contestar la oposición, ejerciendo su derecho de defensa dentro del procedimiento administrativo.
¿Cómo se debe responder una oposición a una marca?
La contestación de la oposición debe contener una respuesta técnica y jurídica a todos los argumentos planteados por el opositor.
Para ello, el solicitante debe fundamentar su defensa en las disposiciones de la Decisión 486 de 2000, norma que regula el régimen de propiedad industrial en Colombia, con el objetivo de convencer al examinador de que el signo solicitado sí cumple con los requisitos de registrabilidad.
Debido a la complejidad normativa y a la importancia estratégica de esta etapa del proceso, es altamente recomendable contar con la asesoría de abogados expertos en derecho marcario.
¿Necesita apoyo profesional para contestar una oposición?
Si su marca ha sido objeto de una oposición, contar con asesoría especializada puede marcar la diferencia entre la concesión o el rechazo del registro.
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